Enseñanza oficial-presencial
Nivel Básico
Presenta las características del nivel de competencia A2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, editado por el Consejo de Europa.
Duración: 2 años académicos
Acceso directo a 2º Curso: Quienes en el plazo de presentación de solicitudes (preinscripción) acrediten alguno de los siguientes requisitos:
– Haber superado la materia de lengua extrajera en el idioma que desee solicitar, del tercer cuso de E.S.O.
– Haber superado la materia optativa de segunda lengua extranjera en el idioma que desee solicitar, del cuarto curso de E.S.O.
Acceso mediante prueba de nivel (prueba vía): Se efectúa exclusivamente para clasificar la solicitud del aspirante en el nivel adecuado a su formación en la lengua extranjera elegida. El alumno clasificado en virtud de la prueba para un determinado curso no podrá matricularse en un curso inferior. La prueba tendrá lugar en el mes de mayo de 2022 y para realizarla debe ser especificado en el impreso de preinscripción. Asimismo, podrán acceder a 2º curso de Nivel Básico aquellos alumnos que tengan superado el 1er curso del Plan Antiguo de las EEOOII.
Nivel Intermedio B1
La finalidad de las enseñanzas de este nivel es capacitar al alumnado para la consecución de las competencias propias del nivel B1 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, editado por el Consejo de Europa.
Duración: 2 años académicos
Acceso ordinario: Quienes superen 2º curso del Nivel Básico o posean el certificado de 2º curso del Plan Antiguo de las EEOOII.
Acceso directo a 1er. Curso: El título de Bachiller habilitará para acceder directamente a los estudios de idiomas de Nivel Intermedio de la primera lengua extranjera cursada en el bachillerato. El acceso directo a 2º curso requiere, además, haber sido clasificado mediante prueba de nivel para el citado curso. El alumno clasificado en virtud de la prueba para un determinado curso no podrá matricularse en un curso inferior. La prueba tendrá lugar en el mes de mayo de 2024/junio y para realizarla debe ser especificado en el impreso de preinscripción.
Nivel Intermedio B2
Este nivel equivale al nivel B2 del citado Marco Común Europeo de Referencia.
Duración: 2 años académicos
Sistema de acceso: En este nivel se requiere haber superado 2º de Nivel Intermedio o 3er curso del Plan Antiguo de las EEOOII.
Acceso mediante prueba de nivel (prueba vía): Se efectúa exclusivamente para clasificar la solicitud del aspirante en el nivel adecuado a su formación en la lengua extranjera elegida. El alumno clasificado en virtud de la prueba para un determinado curso no podrá matricularse en un curso inferior. La prueba tendrá lugar en el mes de mayo de 2023 y para realizarla debe ser especificado en el impreso de preinscripción.
Nivel Avanzado C1
Este nivel equivale al nivel C1 del citado Marco Común Europeo de Referencia.
Duración: 2 años académicos (modalidad presencial).
Sistema de acceso: Se requiere haber superado 2º de avanzado o el Ciclo Superior del Primer Nivel (plan extinguido), o bien estar en posesión del certificado B2 reconocido por ALTE (Association of Language Testers in Europe).
Nivel Avanzado C2
Este nivel equivale al nivel C2 del citado Marco Común Europeo de Referencia.
Se desarrollará mediante un único curso especializado en modalidad presencial.
Sistema de acceso: Se requiere haber superado el nivel C1 de la Escuelas Oficiales de Idiomas, o bien estar en posesión del certificado C1 reconocido por ALTE (Association of Language Testers in Europe).
Matriculación de alumnos y requisito de edad
Para acceder a las enseñanzas de idiomas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios. Podrán acceder, asimismo, los mayores de catorce para seguir las enseñanzas de un idioma distinto al cursado en la educación secundaria obligatoria.
Un alumno no podrá estar matriculado en un mismo idioma en más de una modalidad o régimen (presencial, libre o a distancia). En enseñanza presencial, sólo se podrá realizar cada año un curso de cada idioma, con un máximo de 2 idiomas.
Traslado de matrícula oficial. Matrículas vivas
Los Directores de las Escuelas aceptarán el traslado de matrícula oficial presencial durante el curso de aquellos alumnos que lo soliciten, siempre que estos justifiquen documentalmente la necesidad de cambiar de residencia. En todo caso, el traslado estará condicionado a la existencia de plaza vacante en la Escuela de destino para el curso e idioma en que el alumno se encuentre matriculado en su Escuela de origen.
La fecha límite para poder solicitar el traslado de matrícula será el último día lectivo del segundo trimestre del curso académico y se resolverá en el plazo máximo de quince días naturales, desde la fecha de solicitud. Sólo excepcionalmente se admitirán las solicitudes de traslado que se presenten más allá de esta fecha, las cuales serán resueltas por el Subdirector General de Personal y Centros Docentes, previo informe del Director de la Escuela receptora.
Enseñanza Libre
La matrícula en el régimen de enseñanza libre afectará a las enseñanzas contempladas en el art. 59.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.
Los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas (con igual requisito de edad que para la matrícula oficial-presencial) podrán obtener el Certificado correspondiente al Nivel Básico, Intermedio B1, Intermedio B2 y Avanzado C1 matriculándose por libre para efectuar los exámenes finales de ese nivel. La matricula da derecho a la convocatoria a examen, pero no a la asistencia a clase o a tutorías. No existe matrícula libre para el nivel Avanzado C2.
El alumnado que se inscriba en el régimen de enseñanza libre sólo podrá efectuar la matrícula en una única Escuela de Idiomas, autorizada al efecto, que deberá ser la más próxima a su domicilio habitual y podrá matricularse en cualquiera de los tres niveles existentes para las enseñanzas especializadas de idiomas. En todo caso, en el mismo curso, sólo podrá matricularse en uno de ellos.
Podrán admitirse solicitudes de alumnos de otras nacionalidades para cursar cualquier idioma que se imparta en el Centro, siempre que su lengua materna sea diferente de la solicitada.
Programa de Colaboración entre Escuelas Oficiales de Idiomas y Centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Características
Tiene como finalidad facilitar que aquellos alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato que lo deseen, y sean seleccionados por su Centro, puedan alcanzar los objetivos del idioma Inglés en sus cursos escolares y, al mismo tiempo, ser preparados para posibilitarles la obtención del certificado oficial en lengua extranjera, Niveles Intermedio B1 e Intermedio B2 de inglés de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Adecuación de niveles (inglés)
Las competencias comunicativas y lingüísticas en el idioma inglés correspondientes a los Niveles Intermedio B1 e Intermedio B2 se estudiarán, con carácter general, simultáneamente con las enseñanzas de régimen general de acuerdo con el siguiente esquema:
Enseñanzas de EEOOII Enseñanzas de régimen general
Nivel Intermedio B1.1 3º de E.S.O.
Nivel Intermedio B1.2 4º de E.S.O.
Nivel Intermedio B2.1 1º de Bachillerato
Nivel Intermedio B2.2 2º de Bachillerato
El alumnado recibirá en su propia aula las enseñanzas correspondientes a la programación específica que el Departamento de Inglés de su Centro establezca para los alumnos acogidos al Programa, en colaboración con la Escuela Oficial de Idiomas.
Requisitos de participación
La participación en este Programa tendrá carácter voluntario y será llevado a cabo en aquellos centros docentes sostenidos con fondos públicos que sean debidamente autorizados por la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Cada Centro podrá establecer los criterios de selección de su alumnado para acceder al Programa. No podrán participar en el Programa de Colaboración los alumnos que tengan matrícula en régimen oficial, modalidad presencial o a distancia, en cualquier Escuela Oficial de Idiomas.
Los exámenes se realizarán bajo el régimen de enseñanza libre y corresponderán a los finales de ciclo: Nivel Intermedio B1.2 (4º ESO) y Nivel Intermedio B2.2 (2º Bachillerato).
Matrícula
Los alumnos matriculados en el segundo curso de cada nivel (final de ciclo), deberán concurrir a la prueba específica de certificación del nivel del idioma cursado, para lo cual se matricularán en la EOI en el plazo establecido por la DGE de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Convocatorias
Se celebrarán dos convocatorias de exámenes finales de los dos niveles, una en el mes de mayo/junio y otra en el mes de septiembre, ambas coincidentes con las convocatorias de los alumnos pertenecientes a los regímenes oficial y libre.
Pruebas Homologadas
Principios generales
Las pruebas terminales de certificación tienen como finalidad verificar el grado de domino del aspirante en el uso de la lengua objeto de la evaluación.
Convocatorias
Cada año tendrán lugar pruebas homologadas en los meses de junio y septiembre para que el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato pueda obtener la certificación oficial del conocimiento de las lenguas cursadas en las enseñanzas de régimen general. Estas pruebas, que coincidirán en fecha y hora con el resto de pruebas de las EEOOII, se elaborarán, administrarán y evaluarán según lo mismos criterios utilizados para el alumnado de las Escuelas Oficiales de Idiomas. La participación tendrá carácter voluntario.
Certificaciones finales
La superación de las exigencias académicas establecidas para cada uno de los niveles de las enseñanzas de idiomas dará derecho a la obtención del certificado correspondiente, cuyos efectos se establecerán en la definición de los aspectos básico del currículo de las distintas lenguas.